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Establecer seis advertencias distintas en las cajetillas PDF Imprimir E-Mail
Diario Electrónico de la Patagonia   
lunes, 12 de noviembre de 2007

Senadores Jaime Naranjo, Pedro Muñoz y Carlos Ominami presentaron una modificación a la Ley del Tabaco para establecer seis advertencias distintas en las cajetillas.

 

Con la idea de que la publicidad que advierte sobre el consumo del tabaco no pierda fuerza en la población, los senadores Jaime Naranjo, Pedro Muñoz y Carlos Ominami presentaron una moción que establece la obligación de contar con seis advertencias distintas y orientadas a diferentes grupos de la población.

De este modo, según la propuesta parlamentaria, deberían existir anualmente dos advertencias distintas para las mujeres, dos distintas para los jóvenes y dos diferentes para la población en general, lo que obligaría a cambiar las etiquetas de las cajetillas a lo menos dos veces al año, por segmento.

En lo fundamental, la iniciativa que fue derivada a la Comisión de Salud para su análisis, busca establecer una “real advertencia rotativa en las cajetillas y envases de cigarros y cigarrillos”, lo que permitiría cumplir con el Convenio Marco sobre el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud de la ONU, ya que la advertencia establecida en Chile es una sola y dura 12 meses.

De hecho, el 21 de junio de 2006 se estableció una sola advertencia con una imagen fotográfica en cuyo costado se señala “Don Miguel, chileno, fumo 20 años. Perdió su laringe por cáncer”.

PROPUESTA

La moción parlamentaria plantea que todos los envases de los productos hechos con tabaco, sean nacionales o importados, y que se distribuyan en Chile, deberán tener una clara y precisa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas implica su consumo o exposición al tabaco.

La iniciativa agrega que “cada año deberán utilizarse 6 advertencias rotativas enfocadas a diversas categorías de fumadores, como son jóvenes, mujeres y público en general”, las que deberán ser diseñadas por el Ministerio de Salud y establecidas mediante Decreto Supremo, las cuales serán impresas en las cajetillas o en cualquier envase y no podrán ser removible.

Para los productos importados - continúa la moción- la publicidad deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente. La advertencia deberá figurar en las dos caras principales y ocupar el 50% de cada una de ellas.

Asimismo, se señala que las advertencias deberán ser sucesivas, “dos dirigidas a las mujeres consumidoras, dos al grupo adolescente y dos al grupo de consumidores en general”, las que deberán figurar rotativamente durante el año calendario.

Entre los argumentos esgrimidos para realizar este cambio, los senadores manifestaron que “diversos estudios demuestran que al existir una sola advertencia, las personas terminan acostumbrándose, por lo cual el impacto que se quiere lograr va disminuyendo en el tiempo, llegando finalmente a no causar efecto disuasivo alguno”.

Agregan que esta experiencia ya ha sido exitosa en países como Canadá y Brasil que han establecido modelos rotativos y diferenciados para los diferentes grupos de fumadores.

Por ejemplo, en el caso de Canadá son 16 los modelos de advertencias ilustradas y también 16 los mensajes de información en salud, las que deben utilizarse en alternancia durante el año.

Por su parte, Brasil ha implementado 10 modelos de etiquetas que se usarán en formas simultáneas o en secuencia rotativa debiendo variar en esta última hipótesis, cada cinco meses como máximo.

En el caso de la Unión Europea aunque no se establece el tiempo de duración se impone a sus países tres advertencias generales y catorce adicionales.

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