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Mayoría de médicos deberán hacer declaraciones juradas de Impuesto a la Renta PDF Imprimir E-Mail
DiarioSalud.net   
martes, 08 de mayo de 2007

Si bien un 80% de los trabajadores no deberá realizar declaraciones juradas, debido a las especiales características del trabajo médico, con pluriempleo y combinaciones de trabajo dependiente e independiente una gran mayoría de médicos y profesionales de la salud deberán realizar declaraciones juradas en el pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.

Fuentes oficiales explicaron ayer que para aquellos contribuyentes del IRPF cuyas retenciones mensuales sean menores al impuesto final a pagar, deberán hacer declaraciones juradas y pagar la diferencia entre lo que se les retuvo mes a mes y el tributo total a pagar.

El gobierno estudia que en esos casos se pueda hacer el pago en plazos, para que no tengan que realizar una erogación significativa a fin de año. Eso corresponderá a una resolución de la Dirección General Impositiva (DGI).

En caso de existir una diferencia a favor del contribuyente, estudian si se devuelve en efectivo o en un crédito fiscal.  Estarán comprendidos en ambas hipótesis aquellos contribuyentes del IRPF que

  • tengan dos o más trabajos
  • estén en relación de dependencia y además perciban ingresos por servicios prestados
  • los que tengan un empleo y reciban una pensión o jubilación.

En el primer caso, los dos empleadores retendrán el IRPF, pero en octubre de 2007, el trabajador deberá comunicar a las empresas, cuál de las dos calculará su retención con el monto mínimo no imponible que se sitúa en $ 98.160 de renta anual ($ 8.180 al mes). Ya que ese trabajador sino tendría dos montos mínimos no imponibles.

En el segundo caso -aquellos que tienen un empleo pero además prestan servicios en forma independiente- la empresa retendrá el IRPF y si la renta obtenida por prestación de servicios no supera los 4 millones de Unidades Indexadas (UI) anuales ($ 6.624.400), realizará pagos del IRPF bimestrales que se agregarán al IVA que hoy factura y paga cada dos meses.

Si supera las 4 millones de UI deberá pagar el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas y no el IRPF.

En el último caso -aquellos con un empleo y que perciben una pasividad-, la empresa retendrá por un lado y el Banco de Previsión Social (BPS) por otro y al final del período deberá hacer una declaración jurada para liquidar el impuesto.

Deducciones al impuesto.

Las deducciones que no serán calculadas, deberán ser expresadas en un formulario que el trabajador deberá pedir a su empresa y luego entregar a ésta, para el cálculo de la retención de IRPF que se le hará. Esas deducciones refieren a la atención médica de menores de 18 años -se deducen 6,5 BPC anuales, $ 10.634-, a los aportes a la Caja de Profesionales y al Fondo de Solidaridad.

A todos los trabajadores que tengan un solo empleo, se les realizará en diciembre un ajuste anual, ya que seguramente las retenciones que se le hicieron mes a mes, no correspondan con el monto del impuesto a pagar.

Informe DiarioSalud en Base a Diario El País.

 

Comentarios
Medico Psiquiatra
Written by off 2007-05-13 18:49:12
Yo estoy en el grupo de médicos del segundo grupo, trabajo en una mutualista como empleada y tengo consultorio particular, actualmente estoy facturando este desempeño con Imesa, a mí no me queda claro cuanto hay que cobrarle por el impuesto a los pacientes de julio en adelante, más allá de la gran duda de cuántos podrán pagarlo y qué ocurrirá con nuestro actividad independiente, por otro lado quisiera tener un listado de todo lo que uno puede deducir, en mi caso pago alquiler, recepcionista, persona que hace la limpieza del consultorio, por quienes además aporto al BPS acorde a los laudos del ministerio de trabajo, mantenimento de computadoras y además el tema se complica porque hay varios porofesionales psiquiatras y psicólogos que trabajan en el consultorio y dejan un porcentaje para todos estos gastos. Gracias por los aportes. Raquel Zamora
Mayoría de médicos deberán hacer declara
Written by off 2007-05-08 20:13:05
Me gustaría saber la escala de deducciones, si todas se realizan de una vez o si por el contrario hay escalas. Soy profesional médico y hoy aporto a la Caja Profesional casi $6000 mensuales, los puedo deducir todos y así con los demás rubros deducibles. 
Desde ya muy agradecido

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