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Impuesto a la Renta: Consultas varias PDF Imprimir E-Mail
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lunes, 07 de mayo de 2007
Utilice este espacio para plantear consultas generales sobre la liquidación del impuesto a la Renta de las Personas Físicas incluido en la Reforma Fiscal. Las primeras consultas y sus respuestas son tomadas del portal Observa.

Comentarios
me pueden informar del impuesto a la ren
Written by off 2007-08-22 11:46:00
Vivo en España, soy jubilado y el BPS me envia la jubilacion todos los meses 
me encuentro que este mes el monto de mi sueldo bajo considerablemente 
me informaron que era por el impuesto a la renta 
quiero saber cuanto es el impuesto a una jubilacion de 15.000 $ y si ademas existe un impuesto a los no residentes. 
averigue por telefono al BPS y me dicen que no saben nada
Written by Maria Lopez off 2007-05-07 09:52:46
¿Qué ocurre con las pensiones alimenticias que pasan los ciudadanos a sus ex cónyuges con hijos menores, y si ellas son deducibles in totum o en parte del impuesto a liquidar? 
 
R: Estas partidas no están en el elenco de gastos deducibles (por suerte tampoco serán rentas para quienes las reciben), los gastos deducibles en las rentas del trabajo SON: 
 
     
    Aportes jubilatorios 
    Aportes a DISSE (o cajas de auxilio), al fondo de reconversión laboral o al sistema nacional de salud 
    Fondo de Solidaridad y su adicional (recaudados por la CJPPU) 
    Atención médica de hijos menores de edad ($ 886 por mes) 
    Atención médica de jubilados y pensionistas ( 36 por mes) 
Written by Ernesto Gimenez off 2007-05-07 09:36:21
Que debo tener en cuenta para calcular la franja que me corresponde? 
 
a) el salario nominal (es decir, incluir lo que se descuenta por BPS, DISSE, etcétera) 
 
b) Los Tickets alimentación 
 
c) Los viáticos 
 
d) Otros beneficios como el pago de una emergencia móvil por convenio con la empresa, un seguro de vida que forme parte de los beneficios que me da la empresa, otros beneficios (como guardería, etc) 
 
Todas las partidas mencionadas (a excepción de los viáticos sujetos a rendición de cuentas) se encontrarán alcanzadas por el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), por lo tanto deberán considerarse para el cálculo de dicho impuesto y para la determinación de las franjas respectivas.
Written by Alicia Rodríguez off 2007-05-07 09:30:44
¿Cómo calculo lo que tengo que pagar de IRPF si tengo un alquiler que se suma a mi salario? 
 
A los efectos del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) la persona deberá liquidar por separado el impuesto derivado de sus rentas de capital del vinculado sus rentas de trabajo. 
 
En la situación consultada, y respecto de las rentas de capital los ingresos por alquileres tributarán IRPF aplicándose a los mismos la tasa del 12%. 
 
Cabe considerar que la ley habilita la deducción de los siguientes costos: 
 
a) La comisión de la administradora de propiedades, los honorarios profesionales vinculados a la suscripción y renovación de los contratos y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente; b)Los pagos por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 
 
c) Cuando se trate de subarrendamientos, se podrá deducir, además de los costos anteriores si fueran de cargo del subarrendador, el monto del arrendamiento pagado por éste. 
 
No obstante lo establecido anteriormente, se exonera del pago de este impuesto a las rentas derivadas de arrendamientos de inmuebles cuando la totalidad de las mismas no superen los $ 65.440 (40 BPC anuales), siempre que el titular autorice expresamente el levantamiento del secreto bancario. Esta exoneración no operará cuando el titular genere, además, otros rendimientos de capital que superen los $ 4.908 (3 BPC anuales). 
 
En lo referente a las rentas de trabajo, la persona que perciba retribuciones derivadas de su actividad laboral, deberá tributar el IRPF siempre estas retribuciones (considerando las deducciones correspondientes) superen el mínimo no imponible, el cual asciende a $ 8.180 (5 BPC mensuales).

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